El Pleno de la Sala Quinta, de lo Militar, del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que, en un sistema democrático, no cabe la exención de responsabilidad "por razón de obediencia debida", ya que "el sistema legalmente establecido obliga al no cumplimiento de una orden que constituya delito o infrinja el ordenamiento jurídico".
Los magistrados entienden que "no caben en nuestro ordenamiento jurídico -y esto afecta, desde luego (...) a las Fuerzas Armadas y a la Guardia Civil - mandatos antijurídicos obligatorios, entendiendo por ello cualquier mandato que vaya contra la Ley o el Derecho".
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miércoles, 11 de abril de 2018
El Tribunal Supremo rechaza la "obediencia debida" como causa de exención de responsabilidad
Salvá Hernández Abogados
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