La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha determinado recientemente que las familias numerosas de carácter especial mantienen tanto el título como la categoría siempre y cuando, por lo menos, uno de los hijos cumpla las condiciones de edad, convivencia y dependencia de los padres que exige la ley.
El TS entiende que no se produce una discriminación de los hermanos menores que permitieron el acceso al título de familia numerosa.
Lea la noticia completa