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domingo, 23 de febrero de 2020

El Tribunal Supremo aborda la cláusula de vencimiento anticipado de los préstamos personales

 


El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha abordado por primera vez la nulidad por abusiva de la cláusula de vencimiento anticipado en préstamos personales.
Una parte de su doctrina fue fijada el pasado mes de septiembre por medio de una sentencia que estimaba que la previsión del vencimiento anticipado no es nula por sí, sino que dicha nulidad provendría de los términos en que fue redactada. A su juicio, para no ser abusiva debe modular la gravedad del incumplimiento en función de la duración y cuantía del préstamo.
De esta forma, una cláusula que permite el vencimiento anticipado por el incumplimiento de un solo plazo, incluso parcial y respecto de obligaciones accesorias, debe ser reputada abusiva.

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