La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado eximir a una mujer de la obligación de inscribirse en el registro de parejas de hecho para justificar la relación con su compañero sentimental, que fue incapacitado en 2006. Los magistrados indican en la sentencia que el registro fue creado en diciembre de 2007, por lo que con anterioridad a esa fecha “la ley no podía exigir la inscripción y se podría acreditar la unión por otros medios de prueba admisibles en Derecho”.
domingo, 23 de febrero de 2020
Eximida la pareja de un incapacitado de inscribirse en el registro de parejas de hecho para justificar su relación
Salvá Hernández Abogados
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