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Este viernes 28 de agosto el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) ha publicado una nueva resolución de la conejera de Salud y Consumo por la que se modifican medidas concretas del Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria ocasionada por la COVID-19, una vez superada la Fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad.
Las nuevas restricciones aprobadas por Baleares son las siguientes:
- Obligatoriedad del uso de mascarillas en los centros de trabajo, a excepción de si son al aire libre con distancia de seguridad o en interiores con distancia.
- Obligatoriedad del uso de mascarillas en los bares y restaurantes durante la espera del pedido y durante la sobremesa.
- Obligatoriedad del uso de mascarillas en los paseos marítimos.
- Cierre de playas y parques entre las 21:00 y 7:00 horas.
- Las reuniones sociales y familiares quedan limitadas a un máximo de diez personas en interiores y exteriores, excepto entre convivientes.
- Prohibido el tabaco y similares en la vía pública y espacios al aire libre de uso público (incluyendo si se puede mantener la distancia).
- En los cines, teatros y similares solamente se permite la apertura del 75% del aforo, manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros. Es obligatorio el uso de la mascarilla y si el recinto es cerrado, no se puede comer ni beber.
- Está prohibida la práctica de deportes de contacto.
- En los Congresos, jornadas y similares solamente puede haber un máximo de 150 asistentes y un aforo del 75%.
- Queda prohibida la actividad de los prostíbulos.
- Queda prohibido el consumo de alimentos y bebidas en el transporte público, así como en los espectáculos deportivos y culturales en recintos cerrados.