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viernes, 18 de septiembre de 2020

La escolarización conlleva un grado de socialización que no pueden cumplir los abuelos

 


Tiempo de lectura: 2'


Las dudas y el temor a los contagios en la vuelta al colegio han llegado a los tribunales. El Juzgado de Familia de León ha dado la razón a un padre que quería escolarizar a su hijo, frente a la decisión de la madre de que no cursara este año el curso escolar. La razón de la progenitora para no escolarizar al menor era el temor a un contagio de coronavirus.


El caso llegó a los tribunales porque, como se resalta en la resolución, se produjeron "conversaciones previas" entre los progenitores de las que resultó "imposible el acuerdo". El tribunal destaca como circunstancia familiar que el padre es profesor en el colegio al que acude el menor. Un centro que, como se destaca en la resolución, ha fijado unos protocolos sanitarios "que en este caso se cumplen".


¿Quién debe decidir si el niño es escolarizado o no? ¿Qué opinión tiene más peso, la del padre o la de la madre? El Código Civil en su artículo 156 destaca que la patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. A ello, dicho precepto añade que "serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad".


En la resolución, la Jueza se posiciona del lado del Ministerio Fiscal y determina que "la facultad de decisión ha de atribuirse al padre, el derecho a la educación es del menor, no del padre ni de la madre, un niño a esa edad más que aprender va al colegio a socializarse y eso no puede hacerse con la madre y los abuelos maternos, los cuales atendiendo las circunstancias expuestas no están exentos del riesgo de contagio de la enfermedad".

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