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miércoles, 10 de febrero de 2021

Un Juzgado puede obligar a vacunar a un anciano, aunque su hijo no dé el consentimiento

 



Tiempo de lectura | 2'

10/02/2021


La llegada a España de la vacuna contra el coronavirus ha conllevado la inevitable puesta en marcha del plan de vacunación masiva para intentar aminorar el impacto de la pandemia en la sociedad. Esa campaña de vacunación se ha traducido también en un mayor número de casos relacionados con la misma en los tribunales en forma de rechazo a recibir la correspondiente dosis.


En esta ocasión, ha sido el Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Granada quien ha autorizado a los servicios médicos de una residencia la administración de la vacuna a un residente de avanzada edad y sin pleno usos de sus facultades mentales. El hijo de dicho residente había rechazado dar su consentimiento alegando que su padre ya había superado el coronavirus con anterioridad, por lo que gozaba de suficiente protección con los anticuerpos desarrollados. Además, alegaba que el debilitado estado de salud de su padre desaconsejaba someterlo a una nueva carga viral.


Según el hijo, el anciano de 81 años tiene "un deterioro físico muy grande" debido a la enfermedad de Alzheimer que sufre. Además "padece de los bronquios encontrándose muy desnutrido y que se encuentra en una silla de ruedas por lo que no quiere exponerlo a una nueva carga viral". El magistrado del Juzgado considera que el hijo "mantiene una postura comprensible desde un punto de vista humano". Sin embargo, el juez subraya que "aunque su padre haya pasado la enfermedad de coronavirus y presente anticuerpos al virus a las fechas de las pruebas serológicas, no puede la ciencia en su estado actual determinar con precisión el tiempo de inmunidad al virus, evidenciándose que este es altamente variable en atención a las características personales del paciente". 


Además, amparándose en los informes médicos, el Juez recuerda que "se desconoce la duración de la inmunidad desarrollada tras el contacto del virus", por lo que concluye que "el riesgo, pues, no ha desaparecido, de forma que no puede afirmarse que en las actuales circunstancias el riesgo de no vacunarse es mucho mayor que el de hacerlo, lo que supone, en definitiva, que el mayor beneficio es la vacunación y que sería contrario a la salud del paciente no hacerlo en tanto se incrementaría el riesgo de volver a contraer esta enfermedad".


En la resolución se recuerda que "la vacunación es la única alternativa para superar la situación actual de pandemia".

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